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Procedimiento de elaboración de un Decreto por el que se regula el Consejo de Consumidores y Usuarios de Castilla y León.

En qué consiste

A) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

El Consejo de Consumidores y Usuarios de Castilla y León fue creado por Decreto 87/1987, de 9 de abril, por el que se crea el Consejo Castellano – Leonés de Consumidores y Usuarios, y desarrollado por la Orden de 25 de febrero de 1988, de la Consejería de Cultura y Bienestar Social, por la que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento interno del mismo.

La experiencia acumulada durante más de treinta años, unida a la evolución económica y social y, fundamentalmente, los cambios legislativos en materia de consumo que han entrado en vigor en estos años, tanto a nivel estatal como autonómico, hacen necesario actualizar la normativa reguladora del Consejo de Consumidores y Usuarios de Castilla y León en cuanto a sus funciones, composición y régimen de organización y funcionamiento para impulsar su papel como órgano de consulta y participación de los consumidores y usuarios de Castilla y León para la defensa de los derechos que les reconoce la legislación vigente.

La ausencia de una normativa actualizada dificulta el funcionamiento ágil y eficaz de un órgano de participación y consulta que se considera clave en una materia que ha evolucionado y ha sufrido tantos cambios como son las relaciones de consumo.

B) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

En el artículo 23 de la Ley 2/2015, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Consumidor en Castilla y León, se define al Consejo de Consumidores y Usuarios de Castilla y León como un órgano de consulta y participación de los consumidores y usuarios de Castilla y León para la defensa de los derechos que les reconoce esa Ley y, asimismo, se establece que reglamentariamente se determinará la composición y funciones del mismo.

La regulación actual del Consejo es anterior a la entrada en vigor de la Ley 2/2015, de 4 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del Consumidor en Castilla y León; por tanto, es necesario actualizar y publicar una nueva regulación de la composición, funciones y régimen de organización y funcionamiento del Consejo de Consumidores y Usuarios de Castilla y León que sea acorde con la nueva regulación existente y que, además, le permita responder con eficacia a las necesidades actuales derivadas de las relaciones de consumo que se producen en la Comunidad de Castilla y León.

C) Objetivos de la norma.

El objetivo primordial del nuevo Decreto es actualizar la normativa reguladora del Consejo de Consumidores y Usuarios de Castilla y León en cuanto a sus funciones, composición y régimen de organización y funcionamiento para impulsar su papel como órgano de consulta y participación de los consumidores y usuarios de Castilla y León para la defensa de los derechos que les reconoce la legislación vigente.

D) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna otra solución regulatoria alternativa ya que es imprescindible actualizar la normativa actualmente vigente en la materia.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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