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Procedimiento para la elaboración de un Decreto por el que se establezca el Currículo de los Cursos de Especialización en la Comunidad de Castilla y León.

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

Se propone la consulta previa en el procedimiento de elaboración de un decreto en el que se establezca el currículo correspondiente a los cursos de especialización de formación profesional en la Comunidad de Castilla y León.

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Establecer el currículo correspondiente a cursos de especialización de formación profesional incorporando los cambios normativos introducidos por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional y el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional establece un nuevo sistema de Formación Profesional que ha sido desarrollado, a través del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, introducen modificaciones sustanciales en el ámbito curricular que afectan a las nuevas modalidades de oferta formativa de los grados D y E, incorporando nuevos módulos profesionales, una nueva fase de formación en empresa u organismo equiparado, el carácter dual de las ofertas formativas, entre otros aspectos.

Por otro lado, el Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, por el que se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, dispone que se completará la implantación del primer curso de todos los ciclos formativos y cursos de especialización, en el curso escolar 2024-2025.

En este contexto, la oportunidad de la tramitación de un proyecto de decreto que establezca el currículo de cursos de especialización en la Comunidad de Castilla y León se considera necesario, para adaptar la normativa autonómica a los cambios introducidos por la nueva regulación estatal.

c) Objetivos de la norma.

Adecuar la normativa autonómica a las modificaciones introducidas por la normativa estatal.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se contemplan otras posibles alternativas, puesto que se entiende necesaria esta regulación para implementar en Castilla y León la nueva normativa estatal.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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