En qué consiste
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.
A tal efecto, se promueve una consulta pública previa para la elaboración de una Orden por la que se establece el marco de competencias profesionales docentes en Castilla y León que sirva de referencia para definir un docente competente del siglo XXI en la Comunidad de Castilla y León.
Con la aplicación de esta norma se pretende establecer los descriptores, indicadores y niveles de las actividades formativas organizadas por la red de formación de Castilla y León que incluyan las competencias profesionales establecidas en esta Orden.
La finalidad de este marco es establecer las competencias que debe tener un docente de nuestra autonomía para educar a las nuevas generaciones en un marco que favorezca el desarrollo sostenible concretándose en la promoción de los derechos humanos, igualdad y diversidad de género, cultura de la paz y de la no violencia la ciudadanía mundial, la valoración de la diversidad cultural, la contribución de la cultura al desarrollo sostenible creando un ambiente de bienestar y salud que forje unas relaciones personales e interpersonales que contribuyan, en definitiva, al desarrollo personal y profesional a lo largo de la vida.
Se pretende desarrollar y mejorar las competencias profesionales de los docentes de Castilla y León dentro de las áreas establecidas en el marco de esta norma y con ello contribuir a la mejora de la educación en Castilla y León.
No se aprecia ninguna otra solución regulatoria alternativa.
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