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Zonas sin farmacia

Begona Ruiz Begona Ruiz  •  14/06/2024  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2024-06-7680

Las farmacias más cercanas se encargarán de cubrir las zonas sin farmacia. Se pondrán de acuerdo y atenderán a la población de la zona.
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  • Administrador #8  •  30/09/2024 13:52:48

    Asunto: Contestación a las alegaciones presentadas por Dª BEGOÑA RUIZ (código
    CYL-2024-06-7680)

    Revisadas las alegaciones presentadas al Proyecto de Orden trámites de participación y
    audiencia en el Portal de Gobierno Abierto, de acuerdo a los artículos 75 de la Ley 3/2001, de
    3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, artículo 18
    de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y
    León y concordantes, Dª BEGOÑA RUIZ, en fecha de 14 de junio de 2024, manifiesta lo
    siguiente en relación con las ZONAS SIN FARMACIA:

    “Las farmacias más cercanas se encargarán de cubrir las zonas sin farmacia. Se
    pondrán de acuerdo y atenderán a la población de la zona”.

    El procedimiento de autorización de apertura, traslado, modificación, cierre y transmisión de
    las oficinas de farmacia, la dotación de recursos humanos y las características de los locales
    donde se instalen las oficinas de farmacia aparece contemplado y desarrollado en el Decreto
    12/2011, de 17 de marzo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 13/2001, de 20 de
    diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León, en materia de
    oficinas de farmacia.

    Por lo tanto, en aplicación del artículo 18.4 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de
    Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, la Dirección General de Salud
    Pública, acuerda DESESTIMAR las alegaciones presentadas por Dª Begoña Ruiz, por no ser
    objeto ni guardar relación con el presente Proyecto de Orden.

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