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traslados entre municipios.

Guillermo Guillermo  •  13/06/2024  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2024-06-7677

DAR LIBERTAD DENTRO DE LA ZONA RURAL PARA SITUAR LA FARMACIA
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  • Administrador #8  •  30/09/2024 13:31:41

    Asunto: Contestación a las alegaciones presentadas por D. GUILLERMO (código CYL2024-06-7677).

    Revisadas las alegaciones presentadas al Proyecto de Orden trámites de participación y
    audiencia en el Portal de Gobierno Abierto, de acuerdo a los artículos 75 de la Ley 3/2001, de
    3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, artículo 18
    de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y
    León y concordantes, D. GUILLERMO, en fecha de 13 de junio de 2024, manifiesta lo
    siguiente en relación con TRASLADOS ENTRE MUNICIPIOS:

    “DAR LIBERTAD DENTRO DE LA ZONA RURAL PARA SITUAR LA FARMACIA”.

    El régimen de traslados de oficinas de farmacia aparece contemplado en la Ley 13/2001, de
    20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León y
    desarrollado en el Decreto 12/2011, de 17 de marzo, por el que se desarrolla parcialmente.

    Por lo tanto, en aplicación del artículo 18.4 de la Ley 3/2015, de 4 de marzo, de
    Transparencia y Participación Ciudadana de Castilla y León, la Dirección General de Salud
    Pública, acuerda DESESTIMAR las alegaciones presentadas por D. Guillermo, por no ser
    objeto ni guardar relación con el presente Proyecto de Orden.

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