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No a la supresión de horas de tutorías

Cristina ED Cristina ED  •  21/05/2024  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2024-05-7656

¿Quièn se encargará de firmar los convenios, por ejemplo?

No sólo dedicamos horas al seguimiento de las FCT (sin tener en cuenta la cantidad de alumnado) sino que además, ya dedicamos infinidad de horas a la realización de toda la documentación tediosa que hay que cumplimentar y firmar con las empresas. 

S nos reducen el horario, tendremos el mismo trabajo pero lo realizaremos gratis. 

 

NO A LA SUPRESIÓN DE LAS TUTORÍAS

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  • Administrador #8  •  10/07/2024 13:22:38

    En relación con la propuesta que ha realizado, desde la Consejería de Educación le agradecemos su interés y le indicamos que en lo que respecta a la no supresión de las horas de tutoría de prácticas en la fase de formación en empresa u organismo equiparado, no es objeto de esta norma la concreción de las horas de tutoría.

    Este decreto establece el currículo de los ciclos formativos de grado medio, haciendo alusión a la formación en empresa u organismo equiparado, que ya no se considera un módulo profesional, pero forma parte del currículo, y se determina la duración de esa formación tanto en el primer curso del ciclo formativo como en el segundo curso, salvo excepciones.

    En aplicación del artículo 166 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, existirá al menos un tutor o tutora dual del centro para cada grupo, en función del alumnado y las funciones del tutor o tutora dual del centro son las establecidas en el artículo apartado 4 del citado artículo.

    En conclusión, no es objeto de este decreto curricular, la determinación de las horas del tutor o tutora dual del grupo que vendrá determinada en otra norma.

    Atentamente.

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