Proceso de legislación colaborativa
Proyecto de Decreto por el que se establece el currículo de los ciclos formativos de grado medio, correspondiente a la oferta de grado D y nivel 2 del Sistema de Formación Profesional, conducentes a la obtención del título de Técnico, en la Comunidad de Castilla y León.Código de la propuesta: CYL-2024-05-7631
Dado el diferente perfil del alumnado que accede a los Ciclos formativos de Grado Medio y Grado Superior y dado el diferente nivel de atribvcuiiones profesionales que tendrán en su incorporación al mundo laboral las competencias a lacanzar deberían de ser diferentes.
El nivel previo del alumnado es diferente y también la motivación y madurez. Además no tendrán el mismo nivel profesional a la hora de entrar en el mercado laboral.
En relación con la propuesta que ha realizado, desde la Consejería de Educación le agradecemos su interés y le indicamos que en lo que respecta a la diferenciación entre el currículo del módulo profesional de Itinerario personal para la empleabilidad I y el currículo del Itinerario personal para la empleabilidad II, la competencia para establecer el currículo básico le corresponde al Estado.
De acuerdo con lo anterior, en el ejercicio de sus competencias el Estado en el anexo V del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se establece la ordenación del Sistema de Formación Profesional, ha establecido el mismo currículo básico del módulo profesional de itinerario personal para la empleabilidad I, para ciclos formativos de grado medio y de grado superior, y el mismo currículo básico del módulo profesional de itinerario personal para la empleabilidad II.
Teniendo en cuenta el currículo básico de ambos módulos profesionales, los centros docentes en el ejercicio de su autonomía desarrollarán las enseñanzas de los diferentes ciclos formativos de grado medio o de grado superior, y su adaptación a las características concretas del entorno socioeconómico, cultural y profesional. Y, asimismo, en el ejercicio de su autonomía, los centros concretarán y desarrollarán el currículo mediante las programaciones didácticas.
Atentamente.
No estaría mal, pero el problema es que la Administración ya es incapaz de distinguir Grado Medio y Grado Superior. No han asimilado sus orígenes de Técnico AUXILIAR y Técnico Especialista. Dice el dicho, que donde no hay, no se puede pedir ...
Totalmente de acuerdo, el currículo debe ser DIFERENTE en contenidos, resultados de aprendizaje, criterios de evaluación y orientaciones pedagógicas porque su perfil, nivel y atribuciones profesionales son diferentes.