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Proyecto de Decreto por el que se establece el currículo de los ciclos formativos de grado superior correspondiente a la oferta de grado D y nivel 3, del Sistema de Formación Profesional conducentes a la obtención del título de Técnico Superior, en la Comunidad de Castilla y León.

En qué consiste

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece en el artículo 6, apartado 3 que con el fin de asegurar una formación común y garantizar la validez de los títulos correspondientes, el Gobierno previa consulta a las Comunidades Autónomas, fijará en relación con los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación, los aspectos básicos del currículo, que constituyen las enseñanzas mínimas, y que para la Formación Profesional fijará asimismo los resultados de aprendizaje, correspondientes a las enseñanzas mínimas. Asimismo, y en el apartado 5, que las administraciones educativas establecerán el currículo de las distintas enseñanzas reguladas en la presente ley, del que formarán parte los aspectos básicos señalados en los apartados anteriores.

Por otra parte, la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional establece un nuevo sistema de formación profesional integrado por una serie de elementos, entre los que se encuentran los elementos básicos de los currículos. El artículo 113.1 g) determina que corresponde al Gobierno la aprobación de los aspectos básicos de los currículos, así como los requisitos y procedimientos para su acreditación o titulación, y la disposición final octava que las normas de esta ley podrán ser desarrolladas por las administraciones competentes de las comunidades autónomas, a excepción de las relativas a aquellas materias cuya regulación se encomienda por la misma al Gobierno o que forman parte de la competencia exclusiva que corresponde al Estado.

Mediante Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, cuyo objeto es el desarrollo de un sistema único e integrado de formación profesional regulado por la Ley Orgánica 3/2022, de 18 de julio.

Este proyecto de decreto pretende establecer el currículo de los ciclos formativos de grado superior correspondientes a la oferta de Grado D y nivel 3, conducentes a la obtención del título de Técnico Superior en la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con el nuevo marco establecido por la normativa estatal, incorporando todos los elementos comunes de los ciclos formativos de grado superior, dentro del margen competencial atribuido a la Comunidad de Castilla y León en el artículo 73.1 de su Estatuto de Autonomía.

¿Le parece apropiado para la Comunidad de Castilla y León, la elaboración de un decreto que establece el currículo de ciclos formativos de grado superior, correspondiente a la oferta de grado D y nivel 3 del sistema de formación profesional, conducentes a la obtención del título de técnico superior, en la Comunidad de Castilla y León?

Propuestas para el Módulo de Proyecto Intermodular.

20/05/2024  •  2 comentarios  •  José Belmonte Benítez

Condensar las 65 horas del proyecto en el segundo curso permite mayor intensidad y eficacia. Varios docentes de diferentes módulos deben participar, aportando diversos conocimientos.

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