En qué consiste
De conformidad con lo previsto en los artículos 75.2 y 76 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.
Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una orden por la que se establece la delimitación y actualización de las zonas farmacéuticas de la Comunidad de Castilla y León.
Se pretende actualizar la actual regulación de esta materia, contenida en la Orden SAN/1308/2008, de 10 de julio, por la que se establece la delimitación y actualización de las zonas farmacéuticas de la Comunidad de Castilla y León.
La actualización de la norma responde a la necesidad de adaptar a la realidad actual la norma vigente, debido a los cambios en la distribución poblacional en la Comunidad Autónoma.
Resulta oportuna la aprobación de una nueva regulación de las zonas farmacéuticas que reconozca la actual situación de la población en Castilla y León, distinta de la que motivó en su momento la orden vigente a fecha de hoy.
Establecer una regulación normativa de las zonas farmacéuticas adecuada a la realidad actual.
No se plantea solución alternativa alguna.
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