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Proyecto de decreto por el que se modifica el Decreto 11/2023, de 29 de junio, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en el primer ciclo de educación infantil por los centros dependientes de la Junta de Castilla y León

En qué consiste

Mediante el Decreto 11/2023, de 29 de junio, se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en el primer ciclo de educación infantil por los centros dependientes de la Junta de Castilla y León.

En el próximo curso escolar 2024-2025 la Junta de Castilla y León implantará la gratuidad de los servicios educativos para el primer curso del primer ciclo de educación infantil, lo que hace preciso la modificación del citado decreto, eliminándose los precios relativos a los servicios educativos del primer curso del primer ciclo de educación infantil, pero manteniéndose el precio para el servicio complementario de comedor escolar en este primer curso.

El presente decreto se adecúa a los principios de buena regulación. En su elaboración se han observado los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia exigidos por el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los de coherencia, accesibilidad y responsabilidad, que añade en su artículo 42 la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública.

En atención a los principios de necesidad y eficacia, este decreto se ha elaborado por una razón de interés general, adecuar la regulación de los precios públicos por la prestación de servicios en los centros que imparten el primer ciclo de educación infantil dependientes de la Junta de Castilla y León, al mandato de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, universalizando la gratuidad en un nuevo curso del primer ciclo de educación infantil en el curso 2024-2025.

De acuerdo con el principio de proporcionalidad el decreto contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad que el interés público requiere.

Para garantizar el principio de seguridad jurídica y de coherencia, este decreto se integra en un marco normativo coherente con el resto del ordenamiento jurídico, adecuándose a la planificación educativa en desarrollo de la normativa básica estatal, siguiendo, en especial, lo establecido en la ya mencionada disposición adicional tercera de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, donde se hace referencia, en relación con el primer ciclo de educación infantil, al avance hacia una oferta pública suficiente y asequible con equidad y calidad y garantice su carácter educativo, indicando además que en su progresiva implantación se tenderá a la extensión de su gratuidad, priorizando el acceso del alumnado en situación de riesgo de pobreza y exclusión social y la situación de baja tasa de escolarización.

En relación con el principio de eficiencia ha de ponerse de manifiesto que la aprobación de este decreto así como su aplicación supondrá una correcta racionalización de la gestión de los recursos públicos. Asimismo, se garantiza tanto el principio de accesibilidad a través de una redacción clara y comprensible de la norma, en la que se ha tenido en cuenta las directrices de técnica normativa que se contienen en la Resolución de 20 de octubre de 2014, del Secretario General de la Consejería de la Presidencia, por la que se aprueban las instrucciones para la elaboración de los documentos que se tramitan ante los órganos colegiados de Gobierno de la Comunidad de Castilla y León, como el principio de responsabilidad que supone la determinación de los órganos responsables del procedimiento incluido en la norma.

¿Le parece oportuno el proyecto de decreto para implantar la gratuidad en el primer curso del primer ciclo de educación infantil?

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