En qué consiste
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.
El actual Catálogo Regional de Zonas Húmedas de Interés Especial de la Comunidad de Castilla y León está compuesto por 297 zonas húmedas, con la siguiente distribución provincial: Ávila 27, Burgos 16, León 39, Palencia 46, Salamanca 12, Segovia 35, Soria 31, Valladolid 9 y Zamora 82.
Son ecosistemas extremadamente frágiles y sensibles a los cambios, tanto de origen natural como antrópico, en los últimos años soportan serias amenazas y presiones que influyen en su estado de conservación.
Con el objetivo de dar respuesta a estas amenazas y según establece el artículo 85 de la Ley 4/2015, de 24 de marzo, del patrimonio natural de Castilla y León, la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural responsable de la gestión de las zonas húmedas de interés especial en los aspectos regulados por dicha ley y, en coordinación con el organismo de cuenca, deberá aprobar mediante orden, un programa de actuaciones para las zonas húmedas de interés especial, donde se establezcan las medidas de gestión y protección para asegurar su conservación.
La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, al objeto de dar cumplimiento a este mandato legal, ha realizado un análisis preliminar sobre la situación que presentan los humedales incluidos en el Catálogo Regional de Zonas Húmedas de Interés Especial, según el cual casi el 49,2% presentan un estado de conservación favorable y el 50,8% muestran un estado de conservación desfavorable, que abarca desde las alteradas (41,4%) a las muy alteradas (7,4%), proponiendo las medidas y las actuaciones que son necesarias para mantener o lograr un estado de conservación favorable. Este análisis se plasmará en el programa de actuaciones que será aprobado por orden de la citada Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio.
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