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Procedimiento para la elaboración de una Orden que modifica la Orden EDU/151/2023, de 2 de febrero que establece las bases de subvenciones a las asociaciones de madres y padres de alumnos de enseñanza no universitaria de la Comunidad de Castilla y León.

En qué consiste

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de una Orden por la que se modifica la Orden EDU/151/2023, de 2 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de las actividades de participación educativa llevadas a cabo por asociaciones de madres y padres de alumnos de enseñanza no universitaria de la Comunidad de Castilla y León.

1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa

Elaborar una norma que modifique la regulación actual contenida en la Orden EDU/151/2023, de 2 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a la financiación de las actividades de participación educativa llevadas a cabo por asociaciones de madres y padres de alumnos de enseñanza no universitaria de la Comunidad de Castilla y León, para incorporar el sistema de prorrateo entre los beneficiarios de la subvención del importe global máximo a ellas destinado, así como modificar los criterios de valoración incorporando nuevos contenidos para facilitar la justificación de dichas subvenciones.

2. Necesidad y oportunidad de su aprobación

Las asociaciones de madres y padres del alumnado constituyen el primer escalón de la participación colectiva y organizada en los centros escolares, vertebrando el cauce de formación, convivencia y colaboración con toda la comunidad educativa. Como organización primaria de participación necesitan para el desarrollo de sus objetivos impulso y apoyo económico para el cumplimiento de sus fines. Por ello, es necesario dotar a dichas asociaciones de los medios financieros que les permitan la realización de actividades que le son propias en unas condiciones adecuadas.

3. Objetivos de la norma

Abordar una modificación que mejore, facilite y agilice el proceso de concesión y justificación de las subvenciones respecto a la regulación precedente constituida por la Orden EDU/151/2023, de 2 de febrero.

4. Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.

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