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Procedimiento para la modificación de la Orden EDU/602/2022, de 31 de mayo, por la que se regula la admisión del alumnado a enseñanzas de formación profesional en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León

En qué consiste

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.

Por ello, se inicia la consulta pública previa para la modificación de la Orden EDU/602/2022, de 31 de mayo, por la que se regula la admisión del alumnado a enseñanzas de formación profesional en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Adaptar la orden actual de admisión de alumnado de formación profesional en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, a los cambios introducidos por la Ley Orgánica 3/20222, de 31 de marzo de ordenación e integración de la formación profesional y por el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La admisión del alumnado de formación profesional en centros docentes sostenidos con fondos públicos, viene establecida en el Decreto 52/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León y en la Orden EDU/602/2022, de 31 de mayo, por la que se regula la admisión del alumnado a enseñanzas de formación profesional en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León y en lo que respecta a la formación profesional básica en el Decreto 22/2014, de 12 de junio, por el que se regulan determinados aspectos para la implantación de la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Castilla y León.

La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo de ordenación e integración de la formación profesional y el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, introducen modificaciones significativas en lo que respecta a los criterios de admisión, tanto en los ciclos formativos de grado medio y de grado superior de formación profesional como en los cursos de especialización. Y en el Real Decreto 278/2023, de 11 de abril, se establece el calendario de implantación del Sistema de Formación Profesional establecido en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo.

Por otro lado, el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio deroga a excepción del apartado b) del artículo 1 y de los anexos I a XIV, el Real Decreto 127/2014, de 28 de febrero, por el que se regulan aspectos específicos de la Formación Profesional Básica de las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo, se aprueban catorce títulos profesionales básicos y se fijan sus currículos básicos. Y también deroga el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo y modifica las vías de acceso a los ciclos formativos de grado medio y superior, el establecimiento de reservas, así como la regulación de los cursos de especialización.

En este contexto, la oportunidad de la modificación de la Orden EDU/602/2022, de 31 de mayo, viene determinada por la necesidad de incluir los cambios derivados de la normativa estatal.

c) Objetivos de la norma.

Adecuar la normativa autonómica en materia de admisión de formación profesional a las modificaciones que sobre la materia ha realizado la normativa estatal.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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