En qué consiste
Este Proyecto de Decreto tiene por objeto establecer el currículo del título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Proyectos y Dirección de Obras de Decoración, perteneciente a la familia profesional artística de Diseño de Interiores, en la Comunidad de Castilla y León. La Ley Orgánica 2/2006. De 3 de mayo, de Educación, regula en el título I, capítulo VI, las enseñanzas artísticas, incluyendo, en el artículo 45.2.b) como enseñanzas artísticas profesionales, los grados medio y superior de artes plásticas y diseño, y establece en el artículo 51 que las enseñanzas de artes plásticas y diseño se organizarán en ciclos de formación específica que incluirán fases de formación práctica en empresas, estudios y talleres. Asimismo, de acuerdo con el artículo 46.1 de dicha ley orgánica, el currículo de las enseñanzas artísticas profesionales será definido por el procedimiento establecido en el apartado 3 de su artículo 6, que establece que para las enseñanzas artísticas profesionales, el Gobierno fijará los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación del currículo básico, que requerirán el 60 por ciento de los horarios escolares para las Comunidades Autónomas que no tengan lengua cooficial. El Real Decreto 596/2007, de 4 de mayo, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, dispone en el artículo 13.1 que las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, establecerán el currículo correspondiente a cada título, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el citado real decreto y en las normas que regulen los títulos respectivos. El Real Decreto 1464/1995, de 1 de septiembre, establece los títulos de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Amueblamiento, en Arquitectura Efímera, en Escaparatismo, en Elementos de Jardín, y en Proyectos y Dirección de Obras de Decoración, pertenecientes a la familia profesional artística de Diseño de Interiores y aprueba las correspondientes enseñanzas mínimas. El artículo 1 del Real Decreto 1464/1995, de 1 de septiembre, en su apartado 3, determina que las Administraciones educativas competentes establecerán el currículo de los respectivos ciclos formativos de grado superior, de los que formarán parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas. Según los principios de necesidad y eficacia, este decreto se dicta en atención al cumplimiento y desarrollo de la normativa estatal básica y viene motivado por una razón de interés general al ser el objetivo básico del currículo en él establecido atender a las actuales necesidades de formación de técnicos superiores en proyectos y dirección de obras de decoración, y aunar el conocimiento de nuevos materiales, procedimientos técnicos y nuevas tecnologías con la cultura y la sensibilidad artística para constituir la garantía de calidad demandada hoy por los sectores productivos, artísticos y culturales vinculados al ámbito de esta especialidad, de acuerdo con el desarrollo económico y social de Castilla y León y su dimensión en el fomento de nuestro patrimonio cultural.
¿Qué opinión te merece esta nueva regulación acerca del currículo correspondiente al título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño en Proyectos y Dirección de Obras de Decoración? ¿Qué aspectos modificarías? ¿Consideras que se puede mejorar algo?
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