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Procedimiento para la elaboración de una Orden que aprueba las bases reguladoras de concesión de ayudas destinadas a financiar programas estratégicos para estructuras de excelencia (Escalera de Excelencia)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.

Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar planes y programas estratégicos de investigación ejecutados por las estructuras de investigación de excelencia cofinanciadas con fondos FEDER:

a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Mejorar la participación de entidades de Castilla y León en los Programas Estatales de Fomento de la Investigación Científica y Técnica de Excelencia, de los Planes Estatales de Investigación Científica y Técnica y de Innovación y particularmente en las acreditaciones y ayudas públicas para Centros y Unidades de Excelencia y promover el liderazgo científico en Castilla y León lo que redundará en una mayor participación en los Programas Marco de I+D de la Unión Europea, mejorando el peso de la Comunidad en dicho programa al observarse un déficit de participación y presencia en los programas de reconocimiento internacional de excelencia de las estructuras de nuestra Comunidad Autónoma.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Se considera de interés estratégico para la Comunidad, el fomento de nichos de excelencia en áreas científicas relevantes para Castilla y León, tanto desde el punto de vista de impacto científico mundial, como desde el punto de vista de apoyo a los sectores económicos regionales más competitivos.

La Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2021-2027, principal instrumento de programación y coordinación de recursos y actuaciones en materia de ciencia y tecnología en esta Comunidad, tal y como prevé la Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I), recoge como uno de sus objetivos estratégicos, potenciar la investigación en Castilla y León en áreas de excelencia científica, con especial atención a la investigación precompetitiva para los sectores estratégicos de la región y los sectores emergentes de actividad

Este fortalecimiento de estructuras de investigación se contempla precisamente en el Programa Operativo FEDER de Castilla y León 2021-2027, aprobado mediante Decisión C (2022) 9470, de 12 de diciembre, que incluye esta línea de subvenciones en el Objetivo Político 1: una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones, y en la prioridad específica OP 1.i) el desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e innovación y la implantación de tecnologías avanzadas, del Programa Operativo FEDER 2021-2027, de Castilla y León, con ámbito código de intervención 012: Actividades de investigación e innovación en centros públicos de investigación, en la enseñanza superior y en centros de competencias, incluida la creación de redes (investigación industrial, desarrollo experimental, estudios de viabilidad).

El primer paso es la aprobación de las bases reguladoras, que se acomodarán a lo establecido para los fondos FEDER durante el periodo 2021-2027.

Una de las principales novedades que se introduce en esta orden de bases es la posibilidad de acceder a las ayudas a través de dos vías: la primera de ellas mantiene el planteamiento de convocatorias anteriores, permitiendo el acceso a las ayudas a centros o unidades de excelencia que se presenten por primera vez a la convocatoria para desarrollar un plan estratégico, o un programa estratégico de investigación, ambos de cuatro años de duración.

La segunda vía está destinada a desarrollar programas de mejora por los centros y unidades que hayan concurrido al programa estatal de «Centros de Excelencia Severo Ochoa» y de «Unidades de Excelencia María de Maeztu» durante las dos últimas anualidades y, sin resultar financiadas, hayan obtenido en la evaluación una puntuación superior a un valor mínimo establecido.

c) Objetivos de la norma.

Constituye el objeto de estas bases regular la concesión de ayudas para financiar la ejecución de planes estratégicos y programas estratégicos de investigación por parte de estructuras de investigación de excelencia ubicadas en Castilla y León, en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de fortalecer las capacidades científico-técnicas de estos centros de investigación de excelencia, atraer y retener talento y promover sinergias con otras estructuras de investigación, con el objetivo de incrementar la competitividad y liderazgo internacional de la ciencia y la tecnología de Castilla y León.

Su ámbito material se circunscribe al desarrollo de planes y programas estratégicos de investigación para los centros y/o unidades participantes.

El ámbito geográfico de las ayudas que se concedan al amparo de la presente orden será el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

No se aprecia ninguna.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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