En qué consiste
Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León, dedica si Título III a las líneas de promoción juvenil, que son, la formación juvenil, la información juvenil, las actividades juveniles, las instalaciones juveniles y los distintos carnés para jóvenes, cuestiones todas ellas desarrolladas en el Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León.
El mencionado Decreto, regula en su Título I la Formación Juvenil, que sufrió una importante modificación operada por el Decreto 7/2020, de 16 de julio, que tuvo por objeto principal la reorganización de las titulaciones de formación juvenil creando nexos de conexión entre algunas de estas titulaciones y los certificados de profesionalidad directamente relacionados con ellas, aplicando a la impartición de esas titulaciones juveniles los requisitos y exigencias derivados de la normativa estatal reguladora de los certificados de profesionalidad.
Este cambio normativo ha generado importantes problemas en el funcionamiento de las escuelas de animación juvenil y tiempo libre, como consecuencia del establecimiento de un régimen jurídico disperso, complejo y ajeno en muchos aspectos a la especial naturaleza del sector del ocio y el tiempo libre, dificultando en no pocas ocasiones conocer con certeza y seguridad la normativa efectivamente aplicable.
A la vista de estas circunstancias, es necesario abordar una modificación profunda del régimen jurídico de la formación juvenil en Castilla y león que manteniendo el acercamiento a los certificados de profesionalidad, establezca un nuevo marco normativo que permita el adecuado funcionamiento de las escuelas de animación juvenil y tiempo libre a la vez que se incrementa la calidad de la formación a impartir dotándola de una mayor flexibilidad y enmarcando las relaciones entre las escuelas y la Administración en la nueva realidad de la administración electrónica.
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