Volver

Alusiones al Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional / FIP y a la formación ocupacional


Código de la propuesta: CYL-2022-10-7334

La Orden EYE/604/2005, de 28 de febrero, se refiere en varios apartados: en su título, en el preámbulo, y en los Art. 1, 2, 5.1, 7.1.d, 7.2, 9.2 y 11.1 al Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional / FIP.Menciona también la Orden EYE/604/2005, a la formación ocupacional en su título, en el preámbulo, y en los Art. 1 y 7.1.d.El denominado Plan FIP al Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional ha tenido vigencia oficial en España desde 1993 hasta el 2007, agrupándose bajo esta denominación a todas las acciones desarrolladas para favorecer y fomentar la cualificación profesional, principalmente de los trabajadores desempleados.Estuvo vigente hasta el 12 de abril de 2007, regulado por el Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, hasta su derogación por el Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, que a su vez derogó el Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, que sí está vigente.Podría parecer una mera cuestión nominativa, pero lo cierto es que, en su preámbulo, la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional nos indica que pretende -más allá aun- una transformación global del Sistema de Formación Profesional, a través de un sistema único de formación profesional que integra, junto a las ofertas de formación profesional, la orientación profesional y la acreditación de competencias adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales.Con esta normativa, en vigor, entendemos, y esta es la propuesta, que se sustituyan las alusiones al Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional / FIP y a la formación ocupacional, por la denominación más adecuada que sería Sistema de Formación Profesional para el Empleo y Formación Profesional para el Empleo.