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(2022/08) Propuesta de decreto por el que se aprueba el reglamento de la carrera horizontal profesional del personal docente de las enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en los centros públicos y servicios de apoyo a los mismos (Cerrado)

En qué consiste

El artículo 32.3 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León atribuye a la Comunidad Autónoma el establecimiento del régimen de los empleados públicos de la Comunidad, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149.1.18.ª de la Constitución Española.

El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, establece el derecho a la carrera profesional y la evaluación del desempeño, remitiendo su regulación a las leyes de función pública que dicten en desarrollo de este estatuto.

Mediante la Ley 7/2019, de 19 de marzo, de implantación y desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, se establece la modalidad de carrera profesional horizontal para todos los empleados públicos de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos en los términos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público.

La disposición adicional segunda de esta Ley 7/2019, de 19 de marzo, modifica el artículo 64 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, determinándose que la carrera administrativa se realizará a través de la promoción profesional, mediante el reconocimiento al funcionario de un grado personal así como el desempeño de puestos de trabajo dentro del intervalo de niveles asignados al Grupo de pertenencia, la carrera profesional horizontal y la promoción interna. Al mismo tiempo, añade un nuevo artículo 66 referido a la carrera profesional horizontal regulando, entre otros aspectos, que el personal docente que estando percibiendo el complemento específico de formación permanente opte por la carrera profesional y no cumpla con los requisitos establecidos en la convocatoria para alcanzar la categoría I, tendrá derecho a seguir percibiendo los sexenios.

La presente propuesta de decreto se ha elaborado para adecuar la regulación de la carrera profesional horizontal de los empleados públicos de la Administración de Castilla y León al personal docente de enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en los centros públicos y servicios de apoyo a los mismos, dependientes de la consejería competente en materia de educación, dadas las peculiaridades propias de este colectivo que están determinadas tanto por su diferente régimen jurídico como por la idiosincrasia propia de la actividad docente.

Propuesta de decreto por el que se aprueba el reglamento de la carrera horizontal profesional para el personal docente de las enseñanzas no universitarias que presta sus servicios en los centros públicos y servicios de apoyo a los mismos, dependientes de la consejería competente en materia de educación

Fecha de publicación 2 de agosto de 2022

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 12 de agosto de 2022.

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