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Disposición final primera

Anónimo#180990 Anónimo#180990  •  07/07/2022  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2022-07-7274

Eso de que el Consejero de turno pueda modificar los requisitos y méritos a valorar de un año para otro genera una indefensión y una inseguridad jurídica desmedida, aunque se negocie previamente con los sindicatos.
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  • Administrador #1  •  29/08/2022 12:23:23

    Así es, el Consejero competente en materia de función pública aprobará anualmente un plan de valoración que establecerá o modificará los requisitos y méritos a valorar, la puntuación que corresponde a cada uno de ellos y la puntuación mínima del proceso de valoración necesaria para acceder al nivel superior de carrera profesional horizontal, pero no puede ignorarse que lo hará previa negociación con los sindicatos más representativos.Además, si el citado plan de valoración no se aprobara antes del inicio del año correspondiente, se considerará automáticamente prorrogado el del año anterior hasta la aprobación del nuevo.

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