En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma.
Consulta pública previa en el procedimiento de modificación de la Orden EDU/693/2008, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Decreto 20/2008 de 13 de marzo, por el que se regula el servicio público de comedor escolar.
1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, está prevista la creación de plazas del tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil (2 a 3 años) en centros docentes públicos que imparten enseñanzas gratuitas, pudiendo hacer uso estos alumnos también de servicios complementarios como el de comedor escolar.
Por este motivo, procede modificar la normativa que regula los comedores escolares de Castilla y León, en especial a lo que se refiere a la posibilidad de solicitar ayudas por dichos alumnos.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Con la oferta de plazas del tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil (alumnos de 2 a 3 años) en algunos centros docentes públicos que disponen de servicio público de comedor escolar y para los que se aplica la normativa de comedores escolares de la Comunidad de Castilla y León (Decreto 20/2008, de 13 de marzo y la Orden EDU/693/2008, de 29 de abril), es necesario modificar la misma en lo relativo a la posibilidad de solicitar ayudas de comedor escolar. Paralelamente, también es necesario modificar los formularios de plaza de comedor escolar y solicitud de ayuda de comedor escolar para actualizarlos.
En definitiva, se considera necesaria y oportuna la presente modificación al objeto de adecuar la normativa a la situación actual, es decir, la ampliación de alumnado y comensales usuarios del servicio público de comedor escolar que gestiona la Consejería de Educación.
3. Objetivos de la norma.
Adecuar la normativa reguladora de comedores escolares a la oferta educativa de los centros docentes públicos, haciendo extensiva la posibilidad de solicitar ayudas de comedor escolar a las familias de alumnos de 2 a 3 años que cursen el tercer curso del primer ciclo de Educación Infantil.
4. Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna.
Fecha de publicación 13 de junio de 2022
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 23 de junio de 2022.
¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?
18/06/2022 • Sin comentarios •
Esta modificación de la Orden que regula el servicio público de comedor escolar, debe ser inclusiva y ofrecer ayudas a familias más desfavorecidas, que están haciendo un esfuerzo porque sus hijos sean escolarizados a pesar de tener menos ingresos que una familia media. Sería interesante que esas ayudas estuvieran destinadas preferentemente a familias monoparentales que su situación es más crítica y tienen que hacer un esfuerzo al ampliar sus jornadas laborales en algunos casos para conseguir que se les page un sobresueldo, por ende sus hijos tienen que permanecer más horas en el centro escolar por el hecho que su padre o madre esté trabajando.