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(2022/06) Procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se establece el calendario y el horario escolar para primer ciclo de Educación Infantil de los centros de la Comunidad de CyL que lo impartan (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.

Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de Orden por la que se establece el calendario y el horario escolar para primer ciclo de Educación Infantil de los centros de la Comunidad de Castilla y León que lo impartan:

a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Mediante Orden EDU/150/2012, de 16 de marzo, se estableció el calendario escolar para primer ciclo de Educación Infantil en centros de la Comunidad de Castilla y León, determinándose públicamente el calendario escolar que, con carácter general, debe regir para el primer ciclo de educación infantil en los centros que lo impartan. Posteriormente por medio de la Orden EDU/635/2012, de 26 de julio se modificaron determinados aspectos con el objetivo de regular el calendario de las escuelas infantiles titularidad de la Junta de Castilla y León.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se crean plazas del tercer curso del primer ciclo de educación infantil (2 a 3 años) en centros que imparten enseñanzas gratuitas, como son las Escuelas Infantiles de segundo ciclo de educación infantil, los Colegios de Educación Infantil y Primaria y los Centros de Educación Obligatoria.

Por este motivo, y ante el nuevo impulso que desde la Consejería de Educación se ha dado al primer ciclo de educación infantil y las modificaciones normativas que se han producido en este nivel educativo, procede realizar los ajustes correspondientes en los centros que imparten estas enseñanzas en relación con su calendario, horario y principios básicos de organización.

b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Su implantación en la Comunidad de Castilla y León, de conformidad con la disposición final tercera anteriormente referida, debe realizarse en el curso escolar 2022-2023.

c) Objetivos de las normas:

Establecer el calendario escolar para primer ciclo de educación infantil y el horario de los centros autorizados en la Comunidad de Castilla y León que impartan esta etapa educativa.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias:

No se aprecia ninguna otra solución regulatoria normativa.

 

Fecha de publicación 9 de junio de 2022

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 20 de junio de 2022.

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Fase de aportaciones

1 propuesta