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(2022/029 Procedimiento para la elaboración de una orden referente a la admisión del alumnado de formación profesional en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad de CyL. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.

Por ello, se inicia la consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una orden que regule la admisión del alumnado de formación profesional en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

a)  Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

Adaptar la normativa actual al marco regulador de la admisión establecido en la Ley 2/2006, de 3 de mayo de Educación y en el Decreto 52/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

b)  Necesidad y oportunidad de su aprobación.

La normativa específica de admisión del alumnado de formación profesional en centros docentes sostenidos con fondos públicos, viene regulada en la Orden EDU/347/2016, de 21 de abril, por la que se regula la admisión del alumnado de formación profesional inicial en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León y en el Decreto 22/2014, de 12 de junio, por el que se regulan determinados aspectos para la implantación de la Formación Profesional Básica en la Comunidad de Castilla y León.

Los cambios introducidos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, así como en el Decreto 52/2008, de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos, requieren de una actualización de la normativa citada anteriormente.

Por otro lado la complejidad de los procedimientos de admisión en las enseñanzas de formación profesional aconsejan por razones de eficacia y eficiencia de una herramienta informática centralizada que posibilite un tratamiento más ágil de las solicitudes, así como establecer un procedimiento de mejora en la adjudicación para ciclos formativos de grado medio y de grado superior.

En este contexto, es necesario establecer en el ámbito de la formación profesional, una nueva regulación que se adecue y se ajuste a los recientes cambios surgidos en la normativa educativa vigente.

            c) Objetivos de la norma.

Adaptar la normativa actual de admisión a las modificaciones que sobre la materia ha realizado la LOMLOE, así como al marco general de admisión de Castilla y León.

Mejorar el proceso de admisión.

d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

 No se aprecia ninguna.

 

Fecha de publicación 24 de enero de 2022

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 3 de febrero de 2022.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

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28/01/2022  •  Sin comentarios  •  Alexwill#208152

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Con respecto a cómo estaba hasta ahora, creo que se deberían mejorar algunos aspectos:

03/02/2022  •  Sin comentarios  •  Felipe Valverde Alonso#208154

- Puntos excesivos por obtener el título/estudios de acceso en Castilla y León: se debería cambiar por el empadronamiento o quitarlo. - Puntos excesivos por familia numerosa: se debería cambiar por la renta de la unidad familiar o quitarlo. - Títulos para opción 1: que se incluyan también todos los equivalentes a ESO LOE y Bachiller LOE, como tienen en otras comunidades autónomas y en el Ministerio de Educación. - En grado medio, reserva excesiva para opción 2 (FP Básica) e insuficiente para opción 3 (resto de estudios): hay margen para cambiar los porcentajes de esas reservas según la normativa básica. - Plazos insuficientes para la presentación de solicitudes de admisión: imposible atender de forma mínimamente suficiente y adecuada a los alumnos interesados. - Pasar exámenes de septiembre de FP a finales de junio, igual que 2º de Bachiller: la normativa no impide hacerlo, se podrían tener en cuenta todas las vacantes ya en julio para las listas de admitidos y permitiría simplificar el procedimiento. - Oferta parcial: especificar expresamente si quienes cursen en esta modalidad tienen derecho a matrícula directa el siguiente curso o si deben solicitar la admisión como si fuesen alumnos nuevos.

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