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(2021/07) Proyecto de decreto por el que se modifica el Decreto 52/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Cdad de CyL. (Cerrado)

En qué consiste

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula en el título II, capítulo III, la escolarización en centros públicos y privados concertados. Este capítulo se ha visto afectado por la modificación que de la citada ley orgánica ha efectuado la Ley Orgánica 3/2020, 29 de diciembre. En concreto se han visto alterados los artículos 84, 86 y 87 relativos a la admisión, la igualdad en la aplicación de las normas de admisión y el equilibrio en la admisión de alumnos. Asimismo se ha de tener en cuenta la nueva atribución al consejo escolar de la competencia sobre esta materia que realiza el artículo 127.

Por Decreto 52/2018, de 27 de diciembre, se reguló la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León, siendo preciso ahora adecuarlo a las modificaciones realizadas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Por tanto las modificaciones previstas en este decreto relativas a las nuevas funciones de las comisiones de escolarización, la audiencia a las administraciones locales en determinación de las unidades territoriales de admisión, los nuevos criterios prioritarios de admisión, la atribución a los consejos escolares de los centros públicos de la decisión sobre la admisión o la determinación de nuevos supuestos excepcionales de admisión, no hacen sino responder a esa exigencia.

En la elaboración de este decreto se han observado los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia exigidos por el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los de coherencia, accesibilidad y responsabilidad, que añade la Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión Pública.

En virtud del principio de necesidad y eficacia, el presente decreto se ha elaborado, como ya hemos señalado, para adecuar la regulación de la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León a los cambios normativos operados en la redacción de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, como consecuencia de la modificación de la Ley Orgánica 2/2020, de 29 de diciembre, afectando a las materias enumeradas anteriormente.

De acuerdo con el principio de proporcionalidad, este decreto contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad que el interés público requiere y es acorde con el sistema constitucional de distribución de competencias. Se ha optado por una modificación parcial del Decreto 52/2018, de 27 de diciembre, al mantenerse sustancialmente el texto de la norma original y ser suficiente para el cumplimiento de las previsiones de la Ley Orgánica 3/2020, 29 de diciembre.

A fin de garantizar el principio de seguridad jurídica y de coherencia, este decreto se integra en un marco normativo coherente, adecuando el decreto afectado a la normativa básica estatal y facilitando la actuación y toma de decisiones de las personas potencialmente destinatarias.

En relación con el principio de eficiencia ha de ponerse de manifiesto que la aprobación de este decreto no impone nuevas cargas administrativas y su aplicación supondrá una correcta racionalización de la gestión de los recursos públicos.

Asimismo, se garantiza tanto el principio de accesibilidad a través de una redacción clara y comprensible de la norma, en la que se ha tenido en cuenta las directrices de técnica normativa que se contienen en la Resolución de 20 de octubre de 2014, del Secretario General de la Consejería de Presidencia, por la que se aprueban las instrucciones para la elaboración de los documentos que se tramitan ante los órganos colegiados de Gobierno de la Comunidad de Castilla y León, como el principio de responsabilidad que supone la determinación de los órganos responsables del procedimiento incluido en la norma.

De acuerdo con el principio de transparencia, se están cumpliendo los trámites de participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas. 

Proyecto de decreto por el que se modifica el Decreto 52/2018, de 27 de diciembre, por el que se regula la admisión del alumnado en centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Fecha de publicación 2 de julio de 2021

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 12 de julio de 2021.

¿Le parece oportuno la aprobación de un texto que modifique el actual Decreto de admisión en centros docentes sostenidos con fondos públicos con el fin de adecuarlo a las modificaciones que la Ley Orgánica 3/2020 ha realizado en la Ley Orgánica 2/2006?

Reforma del artículo 10: vista la nueva redacción del artículo 86-1 de la LOE, en su segundo párrafo, no es procedente mantener la zona únic

11/07/2021  •  1 comentario  •  Enrique García de Viedma Serrano#149585

Adición de reformas en el artículo 10 y en el 13 del Decreto para suprimir la zona única en municipios grandes, que no respeta el actual artículo 86 de la LOE, y reforzar el objetivo de reducción de la segregación escolar.

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