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Pagas extraordinarias

Luis M.#147222 Luis M.#147222  •  02/07/2021  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2021-07-6982

Las pagas extraordinarias deberían consistir en una mensualidad íntegra, sin exclusiones de ningún tipo.
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  • Administrador #1  •  01/09/2021 10:03:29

    La Comunidad de Castilla y León pretende elaborar una nueva norma autonómica sobre Función Pública en desarrollo del Estatuto Básico del Empleado Público, regulando aquellos aspectos en los que el legislador básico así lo posibilita. No es el caso de las pagas extraordinarias, que a tenor de lo dispuesto en dicha normativa, son dos al año, cada una por el importe de una mensualidad de retribuciones básicas y de la totalidad de las retribuciones complementarias, con la excepción de las previstas en los apartados c y d del artículo 24 del citado texto refundido.

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