Proceso de legislación colaborativa
(2021/06) Anteproyecto de Ley de Función Pública de Castilla y León. (Cerrado)Código de la propuesta: CYL-2021-06-6967
Se debiera otorgar la plaza o pasar al concurso a quien tenga oposiciones aprobadas sin plaza de convocatorias anteriores.
El nombramiento de personal funcionario de carrera o la contratación de personal laboral fijo solo cabe efectuarlo previa superación del correspondiente proceso selectivo, sin que en ningún caso sea ajustado a derecho realizar contrataciones o nombramientos en un número superior al de plazas ofertadas. Cuestión distinta sería analizar la viabilidad de respetar las notas de ejercicios superados en anteriores convocatorias de cara a las siguientes, siempre y cuando el tiempo transcurrido entre ambas convocatorias y la legislación sobre las que versen las respetivas pruebas no lo desaconsejen.