Proceso de legislación colaborativa
(2021/06) Anteproyecto de Ley de Función Pública de Castilla y León. (Cerrado)Código de la propuesta: CYL-2021-06-6963
Debe unificarse el criterio acerca de la experiencia laboral. En unos casos, la experiencia previa cuenta para trienios o sexenios, en otros no; en unos casos, la experiencia previa computa para los concursos de traslados, en otros no; en algunos casos hay tiempos de servicio que cuentan para oposición y no para otros efectos, etc. La experiencia laboral previa es un mérito y haber prestado servicios a la administración debe reconocerse a todos los efectos. De la misma forma, los interinos que se incorporen, por oposición o por concurso, a la función pública deben incorporarse con sus méritos a todos los efectos. No tiene sentido que se le reconozca la experiencia para los complementos económicos y no para concursar, por ejemplo. El tiempo de servicio en una administración debe contar por igual a todos los trabajadores.
Su aportación será objeto de estudio y valoración.