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(2021/05) Proyecto de Decreto por el que se crea la comisión de Garantía y Evaluación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, en la Cdad. de Castilla y León. (Cerrado)

En qué consiste

La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, prevé en su artículo 17 la existencia de una Comisión de Garantía y Evaluación en cada una de las Comunidades Autónomas y las Ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, encargada de verificar de forma previa y controlar a posteriori los procedimientos que en dicha ley se establece. Asimismo, configura la Comisión de Garantía y Evaluación como un órgano administrativo, establece el número mínimo de siete miembros entre los que se incluirá personal médico, de enfermería y juristas y, en sus artículos 18 y 19 establece sus funciones decisorias, verificadoras y consultivas e impone a sus miembros el deber de secreto.

Por otra parte, la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, para garantizar a toda la ciudadanía el acceso en condiciones de igualdad a la eutanasia incluye en la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud la prestación de la ayuda a morir.

En consecuencia, de acuerdo con el marco normativo señalado y en ejercicio de las competencias exclusivas que el artículo 74 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León atribuye a la comunidad autónoma, sin perjuicio de las facultades reservadas al Estado, en materia de sanidad y salud pública, así como la planificación de los recursos sanitarios, correspondiendo la organización, funcionamiento, administración y gestión de todas las instituciones sanitarias públicas, a través del presente Decreto se crea la Comisión de Garantía y Evaluación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, en la Comunidad de Castilla y León.

Esta Comisión de Garantía y Evaluación tiene como finalidad verificar y controlar el respeto a la Ley Orgánica, resolver las reclamaciones y dirimir las diferencias de criterio entre el médico y el jurista al que se asigne la verificación previa en cada caso, independientemente de que la prestación de la ayuda a morir se realice en centros sanitarios públicos, privados, concentrados o en el propio domicilio. Se adscribe a la Gerencia Regional de Salud, organismo autónomo de la Comunidad de Castilla y León responsable de la administración y gestión de las prestaciones sanitarias y su funcionamiento será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios de la dirección general competente en materia de asistencia sanitaria.

En cuanto a la composición del órgano colegiado, se establece un número de diecisiete miembros con un adecuado equilibrio en entre profesionales médicos y juristas, siete respectivamente, teniendo en cuenta que en el correcto desarrollo del procedimiento de la prestación de ayuda a morir la tarea de verificación inicial recae en un equipo formado por un profesional médico y un jurista miembros de la Comisión. También se incluyen otros profesionales sanitarios, tres concretamente, en los que se incorpora a los profesionales de enfermería como exige la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo.

Para la designación de los miembros de la Comisión de Garantía y Evaluación se establece un requisito general de cinco años de experiencia en el ejercicio de su profesión. Con carácter particular, respecto a los profesionales sanitarios se da preferencia a los especialistas en aquellas áreas más concernidas por la prestación de ayuda a morir, así como a los profesionales sanitarios expertos en el manejo del final de la vida y el sufrimiento emocional y también se tendrá en consideración su formación en materia de bioética y ética asistencial. En cuanto a los juristas, éstos seleccionarán entre catedráticos, profesores de universidad y abogados en ejercicio, en las áreas del derecho más directamente relacionadas con la prestación de la ayuda a morir y entre personal funcionario o estatutario perteneciente al Subgrupo A1 del Grupo A, licenciados en derecho, al servicio de la administración o de las instituciones sanitarias de la Comunidad de Castilla y León.

Los criterios de selección establecidos garantizan que la Comisión de Garantía y Evaluación sea un órgano altamente cualificado en relación con las importantes decisiones que debe tomar ante las solicitudes de la prestación de ayuda a morir.

Asimismo, el componente ético de las decisiones clínicas y la complejidad de la situación física y emocional en que se encuentran las personas en el momento de tomar la decisión de solicitar la prestación de ayuda a morir, hace imprescindible la intervención de la Comisión de Bioética de Castilla y León, que informará la propuesta de composición de la Comisión de Garantía y Evaluación y que podrá asesorar a la propia Comisión en aquellos asuntos que contemple el reglamento interno de ésta.

En cuanto a sus funciones, además de las previstas por la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, la Comisión instará a los órganos competentes de la administración sanitaria a realizar campañas divulgativas sobre dicha norma, cuyo contenido informará previamente. Asimismo, fomentará y propondrá actividades formativas dirigidas a profesionales acerca de los distintos aspectos que concurren en la ayuda a morir.

Por último, respecto a su régimen jurídico y funcionamiento, la Comisión de Garantía y Evaluación aprobará su propio reglamento interno, que habrá de autorizarse por la persona titular de la consejería de sanidad y que se publicará en el boletín oficial de Castilla y León. Sus decisiones pondrán fin a la vía administrativa y podrán recurrirse ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

El decreto se tramita por el procedimiento de urgencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 76.bis.1.a) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Ello responde a que su entrada en vigor debe producirse antes del 25 de junio de 2021, por exigirlo así la disposición final cuarta de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia. Por tanto, los plazos seguidos en la tramitación se reducen a la mitad.

Proyecto de Decreto por el que se crea la comisión de Garantía y Evaluación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, en la Comunidad de Castilla y León.

Fecha de publicación 19 de mayo de 2021

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 24 de mayo de 2021.

¿Desea realizar alguna aportación a este proyecto de decreto por el que se crea la Comisión de Garantía y Evaluación de la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, en la Comunidad de Castilla y León?

No médicos del sector privado

20/05/2021  •  1 comentario  •  Susana Domingo#193959

El apartado en el que se incluye que 7 médicos formarán parte de la comisión, 2 de ellos procedentes del sector privado, debería anularse esto último. El sistema público siempre garantizará, de manera más óptima, el cumplimiento de conflicto de intereses.

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Aportaciones grupo DMD Castilla y León.

23/05/2021  •  1 comentario  •  Anónimo#200563

Desde el grupo de trabajo de Castilla y León de la Asociación Derecho a morir dignamente enviamos las aportaciones en documento adjunto. Un saludo.

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