Proceso de legislación colaborativa
(2021/05) Anteproyecto de Ley reguladora del modelo de atención residencial para cuidados de larga duración en Castilla y León. (Cerrado)Código de la propuesta: CYL-2021-05-6907
Alegaciones que presenta la Plataforma Social al anteproyecto de ley reguladora del modelo de atención residencial para cuidados de larga duración en Castilla y LeónCuidados de larga duración también en casaCuando la mayoría de las personas prefieren permanecer en su domicilio, y allí recibir los servicios y apoyos que necesitan para desarrollar su proyecto de vida, desde la Consejería de Familia e Igualdad de oportunidades se plantea una ley destinada sólo a la atención en centros residenciales, lo que supone una oportunidad perdida y se contradice con el discurso que se ha venido desarrollando por ésta, plasmado en la “Estrategia de prevención de la dependencia para las personas mayores y promoción del envejecimiento activo de Castilla y León, aprobada por Acuerdo 28/2017 de la propia Junta de CYL”. Es necesario que el eslogan “a gusto en mi casa”, pase de ser propaganda política a convertirse en una respuesta real a las necesidades de las personas mayores y las personas con discapacidad. La regulación y potenciación de los Centros Multiservicios es fundamental para la prestación de servicios personalizados en el entorno rural. Siendo Castilla y León una Comunidad con grandes áreas despobladas y con una población con alto grado de envejecimiento, facilitar a las personas el acceso de servicios: de ayuda a domicilio, de comida a domicilio y lavandería y de promoción de la autonomía personal (fisioterapia, estimulación cognitiva, terapia ocupacional, entre otros), que se pueden complementar con Centros de día o de noche, viviendas colaborativas u otros servicios que se puedan implantar, es fundamental para fijar población. Es necesario pasar de lamentase de la despoblación en el medio rural, a garantizar que las personas que viven en los pueblos puedan tener los mismos servicios que en las ciudades. Sin que lo anterior suponga que en las ciudades no se implante los Centros Multiservicios con la misma finalidad de facilitar que las personas puedan permanecer en su domicilio. Desde la Plataforma Social demandamos la elaboración de un nuevo anteproyecto de ley que contemple los cuidados de larga duración tanto para las personas que reciben atención residencial, como para las personas que permanecen en sus domicilios y acceden a los servicios que necesitan: Centro de Día o Centro de noche, Ayuda a domicilio, promoción de la autonomía personal, etc. Atención residencialTeniendo como objetivo principal lo demandado en el anterior párrafo, pasamos a analizar y proponer las medidas necesarias para garantizar una atención residencial adecuada, que bien a través de una normativa específica, o dentro del contexto de una ley integral que contemple los cuidados de larga duración tanto en el domicilio, como en las residencias, deben tenerse en cuenta.Cinco son los contenidos imprescindibles que deben incluirse en la ley de atención residencial para que el modelo de “atención centrada en la persona”, no se quede sólo en un eslogan. Cinco contenidos concretos que se desarrollen a lo largo de los artículos de la ley sin ambigüedades que den lugar a incumplimientos:1. Definir con claridad cómo se va garantizar la atención sanitaria en los centros residenciales. La normativa que tenga que aprobarse desde el SACYL y que afecta la atención sanitaria en los centros residenciales, debe estar publicada previamente a la aprobación de ésta ley.2. Definir de forma concreta las ratios de personal técnico y personal de atención directa que debe tener cada centro. 3. Regular las Unidades de Convalecencia Sociosanitaria, garantizando el acceso todas las personas que lo necesiten. 4. Definir cómo se va a garantizar que los contenidos de la ley afectan no sólo a los nuevos centros residenciales, sino también a las 48.000 plazas que existen en la actualidad. La ley debe detallar si va haber centros residenciales que no están afectados por todo el texto de la ley, y que procedimiento se va a seguir para garantizar el modelo de “atención centrada en la persona” a través de las Unidades de Convivencia, en estos casos. 5. Establecer con claridad cómo se van a garantizar el control del funcionamiento de los centros residenciales a través de las inspecciones, para evitar situaciones como las que ha sucedido como consecuencia de la pandemia generada por la COVID.
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