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(2021/05) Procedimiento para la elaboración del proyecto de Decreto por el que se regula en CyL la venta de cercanía de productos agroalimentarios. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas

De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma.

A tal efecto, se promueve una consulta pública previa para la elaboración de un decreto por el que se regula en Castilla y León la venta de cercanía de productos agroalimentarios.

 

1.- Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.

a) Los agricultores y ganaderos se encuentran en situación de desequilibrio respecto al  resto de los operadores de la cadena alimentaria.

b) El reparto del valor añadido que se genera a lo largo de toda la cadena alimentaria no es proporcional al grado de participación de cada operador en la misma.

2.- Necesidad y oportunidad de su aprobación.

Se requiere la aprobación de una norma para:

a) Desarrollar todos los instrumentos posibles para equilibrar la distribución de beneficios de la cadena de valor de los productos agroalimentarios, según se expone en la Ley 1/2014, de 19 de marzo, Agraria de Castilla y León, facilitando el desarrollo e implantación de canales cortos de comercialización de productos agrarios y la venta directa. Objetivos similares se establecen en la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

b) Contribuir al  fomento y protección de los productos agroalimentarios procedentes del productor primario o del pequeño elaborador que comercializa a través de la venta directa o canales cortos de comercialización como forma de diversificar las fuentes de ingresos de éstos, además de contribuir a incentivar la creación de microempresas asociadas al medio rural y al mismo tiempo ofrecer a los consumidores productos de proximidad.

c) Conseguir un sistema alimentario justo, saludable y sostenible en línea con la   “Estrategia de la granja a la mesa”, aprobada por la Comisión Europea en mayo de 2020.    La transición hacia sistemas alimentarios sostenibles también es una enorme oportunidad  económica. La creación de una cadena alimentaria que funcione para los consumidores, los productores, el clima y el medio ambiente, es uno de los principales retos de esta        estrategia.

3.- Objetivos de la norma.

La norma tiene como objetivos:

a) Regular e impulsar la venta de cercanía de los productos agroalimentarios a través de la      venta directa y de la comercialización a través de canales cortos.

b) Establecer un sistema de registro y acreditación voluntario de los operadores que participan en la venta de cercanía de los productos agroalimentarios.

4.- Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.

Solución regulatoria se considera esencial

Los canales cortos de comercialización son una herramienta muy válida para lograr un mayor equilibrio en la cadena de valor de la producción agroalimentaria, ya que permiten que los pequeños productores de alimentos puedan ver retribuidos de forma más equilibrada sus productos. Una de las principales limitaciones para el desarrollo de estos canales alternativos de comercialización es la falta de normativa que permita regular dicha venta con garantías de seguridad alimentaria, trazabilidad y de cumplimiento de los derechos de los consumidores en materia de información sobre la calidad de los productos, lo cual supone una barrera para el fomento e impulso de la venta de cercanía.

Posibles soluciones no regulatorias

No se contempla, dado que es preciso dotar de seguridad jurídica a las transacciones comerciales de venta de cercanía de productos agroalimentarios y para ello es preciso establecer una serie de requisitos mínimos para llevar a cabo tales transacciones y establecer los necesarios controles e inspecciones administrativos para comprobar el cumplimiento de la normativa antes referenciada y establecer la posibilidad de sancionar en caso de incumplimiento.

 

Fecha de publicación 21 de abril de 2021

 

El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 3 de mayo de 2021.

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?

CEOECYL

03/05/2021  •  Sin comentarios  •  CEOE CYL#194801

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