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La realidad del sector es diferente a la que quiere hacer ver esta norma

Jesus Marquez#193991 Jesus Marquez#193991  •  18/03/2021  •  Sin comentarios

Código de la propuesta: CYL-2021-03-6760

Realidad del Sector===============El sector de las actividades de ocio y tiempo libre mueve a una gran cantidad de niños y jóvenes cada año lo que hace que sean muchas las personas implicadas laboralmente. En una comunidad como Castilla y León que en general tiene una balance económico negativo con otras comunidades generamos un importante movimiento que atrae ingresos de fueraLa gran mayoría de los trabajadores del sector son jóvenes que se adentran en el mercado laboral por primera vez y que en un 90% de los casos van a realizar su trabajo en este sector 2 o 3 años antes de continuar su vida en otras actividades o bien son jóvenes que trabajan como voluntarios en diferentes entidades.Sea como fuere el promedio de vida “laboral” habitual de un monitor o monitora de tiempo libre está en los 3-4 años y además siendo unas pocas semanas su trabajo cada uno de esos años.Se trata de una situación cíclica en el tiempo pero muy temporal y estacional y por ello hay que buscar medios que faciliten la posibilidad de que se incorporen de manera continua nuevas personas con la titulación requerida de manera que no se paralice el sector por la falta de títulos.En este sentido no se puede obligar a que estas personas cursen una titulación con la duración y la exigencia de tiempo y dinero que conlleva un certificado de profesionalidad porque a una gran parte de ellos no les va a interesar entonces estos trabajos y las entidades no vamos a poder realizar las actividades al no tener el personal necesario.Oportunidad de Negocio CyL======================Los últimos años las escuelas de CyL han sabido aprovechar las nuevas oportunidades técnicas existentes para posicionarse como líderes en el sector de la formación juvenil en España, adaptando sus temarios para la impartición de manera semipresencial y captando una gran parte de los alumnos de todo el país, de manera que se facilitaba la impartición de una formación teórica de calidad en tiempo y costes razonables y luego pasando una gran parte de la carga formativa a la parte de prácticas dónde realmente a través de las vivencias y el contacto real con la actividad se realiza el 90% de la formación de un monitor o monitora de tiempo libre.Los cambios que se proponen en el Decreto si no se concretan de manera adecuada con la Orden pueden conducir a la destrucción de la escuelas actuales y a la llegada de grandes entidades de fuera de la comunidad con opciones del 100% de teleformación (incluidas las prácticas) que no formen adecuadamente a los trabajadores y voluntarios que luego necesitamos en las actividades y no solo se destruya la formación si no también dichas actividades al no tener a los profesionales formados adecuadamente.Decreto 7/2020===========Según está redactado el decreto 7/2020 es difícil encajar las necesidades actuales del sector y dista mucho de parecerse a las conclusiones a las que el sector y la administración llegó tras varios años de reuniones y acuerdos mutuos. No entendemos para que se nos ha consultado, hemos tenido horas y horas de reuniones y hemos llegado a acuerdos para que luego se llegue a un Decreto que poco se parece a lo que se suponía que iba a ser.Probablemente la única solución para el sector es la modificación de dicho Decreto.Medidas Concretas==============Hay una serie de cuestiones que se deberían tener como mínimos a la hora de concretar la Orden: - Las prácticas deben ser una realidad, si bien entendemos que puede ser posible su convalidadción para aquellas personas que tengan la suficiente experiencia, no puede ser que unas prácticas en el ámbito del tiempo libre se puedan realizar de manera telemática o en un aula sin presencia de los destinatarios habituales de las actividades (niñas, niños y jóvenes) - De igual manera, las prácticas en nuestro sector muchas veces se realizan al aire libre en jornadas continuas con pernoctación. Dichas actividades tienen que ser válidas para realizar dichas prácticas y se deben adecuar a la realidad social actual con actividades con pernoctación de no más de 10 u 11 días. - Se debe flexibilizar el nº de horas que se pueden ofrecer de manera a distancia de tal manera que sean similares a las que se permitían en la orden derogada FAM/1693/2004 - La homologación de los actuales profesores y directores de formación se tiene que realizar de inmediato y de una manera más o menos directa y es una cuestión que urge ya que en el decreto se daba como plazo los años 2020 y 2021.En resumen es imprescindible que la estructura de las Escuelas de Tiempo Libre siga de manera similar como está actualmente, son decenas de años de experiencia y buen funcionamiento y somos los que estamos en contacto directo con la realidad y el día a día de los jóvenes en esta comunidad.