En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.
Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de un Plan Director de la Red de Espacios Naturales Protegidos de Castilla y León.
1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Es necesario mejorar la coordinación de los Espacios Naturales Protegidos (ENP) que forman la Red de Espacios Protegidos de Castilla y León (REN), de forma que sea posible aprovechar las sinergias que aporta el trabajo en red.
La falta de homogeneidad de los instrumentos de planificación de los ENP, debido a los distintos momentos en que se aprobaron, aconseja establecer criterios comunes para la planificación de los ENP.
La creciente complejidad de las obligaciones ambientales hace necesario establecer criterios comunes de gestión de los ENP que den coherencia a la REN.
Para optimizar la atención al ciudadano se hace necesario simplificar y homogeneizar en lo posible, los procedimientos administrativos de las actividades y aprovechamientos que se desarrollan en los ENP.
Una gestión de calidad implica el establecimiento de sistemas de seguimiento y evaluación de la gestión de los ENP y de la REN, que hagan posible conocer el nivel de eficacia y eficiencia de la gestión desarrollada y su incidencia en el estado de conservación de los valores protegidos en los ENP.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La Red de Espacios Naturales de Castilla y León engloba un total de 33 espacios naturales protegidos: 2 parques nacionales, 2 parques regionales, 14 parques naturales, 5 reservas naturales, 8 monumentos naturales y dos paisajes protegidos. La REN de Castilla y León engloba, en estos momentos, más de 820.000 ha de territorios protegidos.
En la actualidad no existen mecanismos que faciliten la acción coordinada y homogénea en los ENP, ni la integración de la REN con la otra gran red de espacios protegidos existente en Castilla y León: la Red Natura 2000, formada por las Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y por los espacios declarados como Zonas Especiales de Conservación (ZEC) que protege aproximadamente el 27% del territorio regional y con la que la REN se solapa en prácticamente el 100% del territorio.
La Ley 4/2015, de 24 de marzo, establece la obligación de realizar un instrumento de planificación para el conjunto de la red, denominado Plan Director de la Red de Espacios Naturales, que se constituye como un instrumento básico de coordinación para la consecución de los objetivos de la propia red.
3. Objetivos de la norma.
El Plan Director de la REN en Castilla y León tiene como objetivos generales:
Contribuir a la consecución de los objetivos de la REN y de los distintos ENP que la conforman, en especial los de conservación, estableciendo las disposiciones necesarias para garantizar la integridad de los mismos y la conectividad entre ellos.
Mejorar la coherencia y coordinación en la administración y gestión de los distintos ENP, estableciendo modelos para las distintas áreas de trabajo, normas generales, principios orientadores, criterios y procedimientos comunes.
Potenciar el papel de la REN mediante el establecimiento de mecanismos y actuaciones que faciliten y potencien las ventajas del trabajo en red.
Definir las prioridades de actuación en la REN para mejorar su funcionalidad y facilitar la consecución de sus fines.
Proponer mecanismos y actuaciones para fomentar la participación ciudadana y promover la corresponsabilidad de las administraciones en la planificación y gestión de la REN, tanto a nivel de la propia Red como en cada uno de los ENP.
Establecer un sistema de promoción del conocimiento científico-técnico en la REN que sirva como base para la toma de decisiones en la planificación y gestión en los espacios de la REN.
Proponer un sistema regional estable y permanente para la financiación de la REN.
Establecer sistemas de seguimiento mediante indicadores que permitan evaluar periódicamente la eficacia y eficiencia de la gestión REN.
Promover el desarrollo socioeconómico equilibrado y sostenible en los ENP, promoviendo los usos y actividades que sustentan la economía local y son respetuosas o contribuyen a alcanzar los objetivos de conservación.
4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No existen alternativas dado que el desarrollo del Plan Director es una obligación legal
Fecha de publicación 19 de octubre de 2020
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 9 de noviembre de 2020.
¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?
09/11/2020 • Sin comentarios •
Es básico favorecer la implantación y desarrollo de actividades agrícolas, ganaderas y pequeña industria alimentaria dentro de los Espacios Naturales, ya que fijan población (sostenibilidad económica y social) y siguiendo criterios técnicos su impacto en el medio es compatible con la conservación (sostenibilidad ambiental).