Código de la propuesta: CYL-2020-10-6616
Buenos días,A la hora de legislar los grupos y escalas de personal, hay que distinguir entre universitarios, que como bien claro lo dice la ley de la función pública de 2005, (que no porque sea mas antigua que el estatuto básico del empleado público tiene menos valor o razón) son los que tienen titulo universitario de:antiguamente 3 tres diplomados (grupo B) y 5 años licenciados (grupo A) si en la actualidad esta formación universitaria es solo una formación, pues que se incluya esta única formación universitaria junto con Grupo A y Grupo B.Lo que me parece una injusticia y discriminación es que con la clasificación de grupos del estatuto básico se esta comparando y metiendo en el mismo grupo de personal a los que tienen la formación profesional de Grado medio o grado superior (no es formación universitaria) con los diplomados de tres años de formación universitaria de la antigua universidad (grupo B de la ley de la función pública).Saludos
Gracias por sus aportaciones al Anteproyecto de Ley de Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. Respecto a su cuestión, señalar que el al Anteproyecto de Ley de Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León viene a actualizar las titulaciones necesarias para el acceso a los mismos, teniendo presente, como se ha señalado en una respuesta anterior, la coexistencia con las titulaciones de Licenciatura y Diplomatura, correspondientes a funcionarios que accedieron a la Administración Pública antes del Plan Bolonia. Una vez que esté colgado en Gobierno Abierto el Anteproyecto de Ley de Cuerpos y Escalas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León podrá ver lo regulado en este sentido.