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Comisiones de servicio:

Anónimo#184223 Anónimo#184223  •  09/10/2020  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2020-10-6600

Comisiones de servicio.Una vez que existen plazas vacantes, desde el servicio de personal no se ofrece dichos plazas al personal funcionario que estando en otros puestos y/o en otras provincias pueda quererlo. Por norma general no escrita, el personal funcionario que ha estado mucho tiempo estudiando para una plaza debe estar 'rogando' que le puedan hacer una comisión de servicio para esa plaza, salvo que tenga alguien que le pueda ayudar.Considero legal y de derecho que las plazas vacantes ofertadas se ofrezcan de forma objetiva al personal funcionario para su posterior cobertura, procediéndose a la contratación de personal interino en último lugar, facilitando con ello que funcionarios que han de estar fuera de su residencia puedan estar más cerca de ella.
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  • Administrador #1  •  05/07/2021 12:43:15

    Esta propuesta aporta una visión constructiva y a tener en consideración en los sistemas de provisión de puestos y de las instrucciones internas que pueden objetivizar los sistemas.

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