En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la norma.
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.
A tales efectos, se promueve una consulta pública previa para la elaboración de una Orden por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la realización de cortometrajes.
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
En los últimos años la financiación de cortometrajes se ha venido contemplando en la línea de subvenciones de la Orden CYT/393/2016, de 28 de abril, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la preproducción, producción y distribución de cortometrajes y largometrajes, documentales y de ficción, y pilotos de series de animación y de televisión. Sin embargo, los objetivos y criterios de valoración de esas bases reguladoras no han respondido eficientemente a las necesidades de los profesionales que emprenden proyectos de producción de cortometrajes cinematográficos, por lo que su eficacia resultaba escasa.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Se hace necesaria una regulación separada de las subvenciones destinadas a financiar cortometrajes, para contribuir al fortalecimiento del sector cinematográfico en Castilla y León y favorecer la realización de cortometrajes en la Comunidad, el desenvolvimiento de proyectos emergentes y las carreras profesionales de los jóvenes creadores; y en segundo término, se pretende también adaptar la normativa vigente a los cambios del sector audiovisual acaecidos en los últimos años y a las distintas características de los proyectos subvencionables, de forma que se agilice la tramitación y se logre una mejora de la resolución de los procedimientos en términos tanto de eficacia como de eficiencia.
c) Objetivos de la norma.
Con la futura Orden se pretende:
Contribuir al fomento y promoción del sector cinematográfico y audiovisual en la Comunidad de Castilla y León, a través del apoyo a determinadas inversiones promovidas por personas físicas o jurídicas privadas, que sean productores audiovisuales en la modalidad de cortometrajes cinematográficos.
Auspiciar la realización en el territorio de la Comunidad de un mayor número de cortometrajes, para lograr que Castilla y León sea un referente en el sector del cortometraje.
Favorecer la realización y exhibición de las creaciones cinematográficas de los jóvenes cineastas emergentes radicados en la Comunidad.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias
No se aprecia ninguna dentro del marco de la legalidad vigente.
Fecha de publicación 29 de julio de 2020
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 9:00 horas del 10 de agosto de 2020.
¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?
09/08/2020 • Sin comentarios •
Propuestas de cambios en las ayudas a la producción de la Junta de Castilla y LeónCortometrajesConsideramos que las bases de cortometraje son adecuadas a las necesidades de producción de este formato . Aportamos algunos pequeños detalles que creemos que podrían corregirse:- En el artículo 9 apartado a 5 (páginas 9-10) se valora la vinculación al proyecto de profesionales de Castilla y León. Se especifica que se otorgarán 0,5 puntos por cada jefe de equipo (fotografía, maquillaje, arte, montaje, etc.) Sin embargo, las bases no mencionan que se otorguen puntos por los actores de Castilla y León. Consideramos que deberían añadirse los actores a esta puntuación.- En el artículo 9 apartado c 4 (página 11) se otorgan puntos por haber participado en festivales cinematográficos con cortos y/o largos. Se menciona que se incluirá en la convocatoria un listado de los festivales de ámbito regional por los que se pueden conseguir puntos, pero no se habla de ningún listado de festivales de fuera de Castilla y León. Consideramos que debería incluirse también un listado de festivales de fuera de la comunidad autónoma, tanto nacionales como internacionales, que fueran los que permiten la obtención de puntos en este apartado.- En ese mismo artículo 9 apartado c 4 (página 11) se dice que el máximo de puntos a obtener en ese apartado son 4, pero se menciona que se otorgan 5 puntos por cada Premio Goya obtenido, lo que es una errata.