Código de la propuesta: CYL-2020-02-6412
De manera complementaria a las sanciones graves y muy graves, la Agencia deberá solicitar al órgano del cual dependa el cargo público que disponga su cese siempre que sea de libre designación, conforme a la legislación establecida en el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público.En el caso de infracciones graves o muy graves cometidas por personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, en el ámbito de esta ley, la Agencia comunicará la resolución de la sanción a los órganos competentes de las entidades públicas afectadas a los efectos que prevea la legislación vigente en materia de contratación, ayudas y subvenciones públicas.
Ver documento anexo