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Estatuto del denunciante

Luis M.#147222 Luis M.#147222  •  23/02/2020  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2020-02-6409

La Agencia deberá velar por que las personas que denuncien posibles casos de vulneración de los bienes y principios que con esta ley se pretenden proteger no sufran aislamiento, persecución o un empeoramiento de las condiciones de su entorno laboral, ni puedan sufrir cualquier forma de perjuicio o discriminación como consecuencia de su comportamiento cívico.La persona denunciante ha de estar protegida frente a todo empeoramiento de las condiciones de su entorno laboral o profesional, y frente a cualquier perjuicio económico, moral o discriminatorio que pudiera sufrir como consecuencia de su comportamiento cívico de denuncia de hechos que considera pueden ser constitutivos de fraude o de corrupción. A tal efecto la persona podrá permanecer en el anonimato, sin que la Agencia pueda revelar sus datos ni a la Administración, entidad o funcionario afectado ni a terceros, sin perjuicio de que, cuando los hechos investigados puedan ser constitutivos de delito, sea el Juez el que arbitre las medidas de protección necesarias al respecto con comunicación por la Agencia de las medidas de protección que hubiera podido acordar.Si la Agencia conoce que la persona denunciante ha sido objeto, directa o indirectamente, de intimidación o represalia por presentar denuncia, podrá ejercer las acciones correctoras y de restablecimiento de la situación que considere oportunas, de las cuales dejará constancia en la memoria anual. Atendiendo a las circunstancias de cada caso, y siempre a instancia del denunciante, la oficina podrá instar al órgano competente el traslado a otro puesto. A tal fin la oficina proporcionará a la persona denunciante el asesoramiento necesario.La información que en el curso de una investigación pudiera aportar cualquier persona afectada, a través de su testimonio o colaboración personal, debería tener el carácter de reservada.La Agencia deberá establecer procedimientos y canales confidenciales para la formulación de denuncias que garanticen la estricta confidencialidad cuando el denunciante invoque la aplicación del estatuto regulado en este artículo. Estos procedimientos y canales podrán ser también utilizados por los que ya hayan actuado como denunciantes para comunicar represalias u otras actuaciones lesivas derivadas de la presentación de la denuncia.Se creará la oficina virtual del empleado público, que permitirá a este personal señalar de forma confidencial los expedientes administrativos que juzguen irregulares.

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  • Administrador #1  •  02/07/2020 12:58:32

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