Código de la propuesta: CYL-2020-02-6401
El incumplimiento de este deber da lugar a la apertura de una investigación interna y a la incoación, si procede, del pertinente expediente disciplinario, de cuyo resultado el director o la directora de la Agencia dará cuenta a la correspondiente comisión parlamentaria en el plazo de un mes. Las obligaciones de secreto y de reserva deberían excepcionarse cuando, amparándose en las mismas, se estuvieran encubriendo hechos constitutivos de delito, o infracción administrativa, siempre y cuando no se viesen vulnerados los derechos del denunciante, de existir éste.
Ver documento anexo