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Personal al servicio de la Agencia

Luis M.#147222 Luis M.#147222  •  19/02/2020  •  1 comentario

Código de la propuesta: CYL-2020-02-6398

- Los puestos de trabajo de la Agencia deberían ser ejercidos, exclusivamente, por funcionarios y funcionarias de carrera de las distintas Administraciones Públicas.- Los puestos de trabajo de la Agencia se deberían clasificar y proveer de acuerdo con las previsiones de la Ley de Función Pública de Castilla y León.- Los procedimientos de selección y provisión deberían garantizar los principios de igualdad, mérito, capacidad, publicidad e idoneidad, cuya apreciación debería corresponder a una comisión de valoración formada de acuerdo con los principios de profesionalidad y especialización y paridad de sus miembros, y de acuerdo con las previsiones establecidas en el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Función Pública.- Al personal al servicio de la Agencia le deberían ser aplicables las mismas causas de incompatibilidad establecidas para los funcionarios y funcionarias públicos. También mismo régimen disciplinario establecido para el personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, con las especificidades previstas por el Reglamento de régimen interior.- El personal al servicio de la Agencia debería cesar por las causas determinadas por la normativa que respectivamente le sea aplicable.- Al inicio del primer mandato, la dirección de la Agencia deberá presentar a la Mesa de las Cortes tanto la estructura orgánica provisional como la relación de puestos de trabajo del personal, que deberán ser aprobadas por la correspondiente comisión parlamentaria, así como cualquier modificación que se lleve a cabo con posterioridad, con publicación tanto en el BOCCL como en el BOCYL y en la correspondiente Sede Electrónica. Ambas deberán ser elaboradas en el plazo de un mes, desde el nombramiento de la dirección de la Agencia.- Una vez aprobada la relación de puestos de trabajo se deberá convocar un concurso de traslados para que funcionarios de cualquier Administración Pública se puedan incorporar a la estructura administrativa de la Agencia a fin y efecto de optimizar el personal al servicio de las Administraciones Públicas.- Para la puesta en marcha de la Agencia, las Cortes de Castilla y León velarán para que la oficina cuente con los medios personales y materiales necesarios para su funcionamiento, pudiendo recurrir, en caso de necesidad y de forma excepcional, a la colaboración de la Junta de Castilla y León.

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  • Administrador #1  •  02/07/2020 13:15:35

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