En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la norma.
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o reglamento, se sustanciará una consulta pública.
A tal efecto, se promueve una consulta pública previa para la elaboración de una orden por la que se crean los premios “Datos Abiertos de la Comunidad de Castilla y León” y se establecen las bases reguladoras que han de regir su convocatoria.
1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Es necesario dar a conocer la puesta a disposición de un volumen creciente de información pública en formato reutilizable (datos abiertos) con el fin de que pueda ser utilizada y reutilizada, no solo por determinados sectores profesionales (medios de comunicación, sindicatos, organizaciones de la sociedad civil, etc.), sino también por el conjunto de la sociedad, fomentando así el acercamiento de los ciudadanos a la gestión de la administración autonómica a través de los conjuntos de datos que la Administración ofrece.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
La Junta de Castilla y León está comprometida con la publicación de la información en datos abiertos de acuerdo con su Modelo de Gobierno Abierto, con la normativa autonómica de transparencia y la Carta Internacional de Datos Abiertos a la está adherida desde septiembre de 2019. Los datos abiertos son informaciones públicas puestas a disposición de cualquier persona con las características técnicas y jurídicas necesarias para que puedan ser usadas, reutilizadas y redistribuidas en cualquier momento y en cualquier lugar.
Los datos abiertos se ubican en el centro de un gran cambio global y son cruciales para cumplir con el objetivo de construir una sociedad más prospera, equitativa y justa, que requiere de un gobierno transparente, que rinda cuentas y que colabore con sus ciudadanos. Con esta iniciativa se pretende conseguir que los ciudadanos respondan, se impliquen más en la gestión de lo público y puedan aportar mejoras. Por ello se considera positivo dar pasos hacia la nueva cultura de la transparencia, también desde el ámbito educativo en cualquiera de sus niveles.
La Consejería de Transparencia, Ordenación del Territorio y Acción Exterior considera necesario y oportuno reconocer y distinguir aquellos proyectos que suministren cualquier tipo de idea, estudio, servicio, sitio web o aplicaciones para dispositivos móviles, utilizando para ello conjuntos de datos del Portal de Datos Abiertos de la Junta de Castilla y León. De ahí la intención de crear unos premios que impulsen todas las iniciativas en esta línea.
Para ello, es preciso establecer unas bases reguladoras que determinen el régimen jurídico de los premios que se pretende conceder, tal y como dispone el artículo 9.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que prevé que con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de la concesión.
Asimismo, la Ley 5/2008, de 25 de septiembre de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 6 que las bases reguladoras son disposiciones generales que desarrollan el régimen jurídico de cada subvención.
3. Objetivos de la norma.
Crear el Premio Datos Abiertos de la Comunidad de Castilla y León en sus diferentes modalidades y establecer las bases reguladoras que han de regir las convocatorias que se efectúen.
4.** **** Posibles soluciones regulatorias y no regulatorias.**
No se aprecia ninguna.
Fecha de publicación 9 de enero de 2020
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 20 de enero de 2020.