En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la norma.
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública.
Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de la modificación del Decreto 59/2013, por el que se regula la jornada, el horario, las vacaciones, los permisos y las licencias del personal funcionario de la administración de la comunidad de Castilla y León.
1. Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
El Decreto 59/2013, de 5 de noviembre, por el que se regula la jornada, el horario, las vacaciones, los permisos y las licencias del personal funcionario de la administración de la comunidad de Castilla y León dispone en su art. 26.3 que los días adicionales de vacaciones por antigüedad se podrán disfrutar a partir del año natural siguiente al del cumplimiento de los años de servicio.
No obstante, una reciente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha reconocido al actor el derecho a su disfrute a partir del día siguiente al del cumplimiento de los años de servicio.
2. Necesidad y oportunidad de su aprobación.
A la vista de la discordancia apuntada en la sentencia entre el art. 58 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de Función Pública de Castilla y León y el apartado 3 del art. 26 del texto reglamentario, se considera oportuno modificar dicho apartado reglamentario para posibilitar el disfrute de los días adicionales de vacaciones en la forma señalada.
3. Objetivos de la norma.
Modificar dicho apartado reglamentario para posibilitar el disfrute de los días adicionales de vacaciones en la forma señalada.
4. Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecian soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Fecha de publicación 17 de diciembre de 2019
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 14:00 horas del 27 de diciembre de 2020.
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