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DIAS DE NIEBLA


Código de la propuesta: CYL-2020-01-6255

YA QUE LA GUARDERIA ES AUTORIDAD,Y SU PALABRA PREVALECE SOBRE LA DE LOS CAZADORES COMO HACEMOS BUENO QUE SE VE A250M Y EL GUARDA DICE QUE NO' DEVERIAN DE LLEVAR UN MEDIDOR COMO NOSOTROS EL MOVIL ,O Algo para no contradecirnos
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  • Administrador #1  •  30/04/2020 14:03:54

    Gracias por su participación. El apartado queda redactado como sigue: 1. Se prohíbe la práctica de la caza con armas cuando, por las condiciones meteorológicas, la visibilidad sea inferior a 250 metros.

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