En qué consiste
Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas
De conformidad con lo previsto en el artículo 75.2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública.
Consulta pública previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del programa de apoyo a proyectos de investigación, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
Las universidades públicas de Castilla y León, los organismos públicos de investigación con institutos en Castilla y León, las universidades privadas, sin ánimo de lucro, con sede en Castilla y León y las fundaciones de ámbito sanitario, sin ánimo de lucro, con centros en la Comunidad, podrán solicitar subvenciones para la realización de proyectos de investigación llevados a cabo por grupos de investigación o por unidades de investigación consolidadas, dirigidos por un investigador principal, con la posibilidad de contratar uno o dos investigadores postdoctorales con cargo al proyecto.
En definitiva se trata de potenciar la investigación de I+D+i y fomentar la retención del talento en la Comunidad.
b) Necesidad y oportunidad de su aprobación.
Se considera de interés estratégico para la Comunidad. La Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3) de Castilla y León 2014-2020, y su período de actualización 2018-2020, es el principal instrumento de programación y coordinación de recursos y actuaciones en materia de ciencia y tecnología en esta Comunidad, tal y como prevé la Ley 17/2002, de 19 de diciembre, de Fomento y Coordinación General de la Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I), recoge como uno de sus objetivos estratégicos, la promoción del liderazgo científico
y tecnológico en determinados campos de potencial especialización regional, potenciando la excelencia del sistema de investigación.
Este fortalecimiento de la investigación se contempla precisamente en el Programa Operativo FEDER de Castilla y León 2014-2020, aprobado mediante Decisión C (2015) 4921, de 14 de julio. En concreto, esta línea de subvenciones se encuadra en el Objetivo Temático 1 (OT 1): Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, en la prioridad de inversión 1.2, en el Objetivo Específico 1.2.3 (OE 1.2.3): Fomento y generación de conocimiento frontera y de conocimiento orientado a los retos de la sociedad, desarrollo de tecnologías emergentes, con código de ámbito de intervención 060: Actividades de investigación e innovación en centros públicos de investigación y centros de competencia, incluida la creación de redes.
En línea con lo previsto en la RIS3 de Castilla y León y en el Programa Operativo FEDER de Castilla y León 2014-2020, resulta oportuno, por tanto, articular las subvenciones del programa de apoyo a proyectos de investigación, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
El primer paso es la aprobación de las bases reguladoras, que se acomodarán a lo establecido para los fondos FEDER durante el periodo 2014-2020.
c) Objetivos de la norma.
Constituye el objeto de estas bases regular la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, del programa de apoyo a proyectos de investigación cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
Su ámbito material se circunscribe al desarrollo proyectos de investigación de I+D+i desarrollados dentro de entidades y organismos de investigación con centros en Castilla y León.
El ámbito geográfico de las ayudas que se concedan al amparo de la presente orden será el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
No se aprecia ninguna.
Fecha de publicación 20 de noviembre de 2019
El plazo para realizar aportaciones a este espacio de participación finalizó a las 09:00 horas del 2 de diciembre de 2019.