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Más aportaciones desde la Red de Conjuntos Históricos y Etnológicos de Palencia


Código de la propuesta: CYL-2019-11-6214

Se considera que en los artículos 2 (competencia) y 6 (cooperación con las entidades locales) debería expresarse de manera explícita el papel de la administración autonómica como garante de la protección y conservación, tanto por sí misma como amparando y apoyando técnica, jurídica y económicamente a las entidades locales, la inmensa mayoría de las cuales son de pequeña escala y carentes de medios técnicos, jurídicos y económicos para afrontar sus tareas de salvaguarda, especialmente en casos de hechos consumados y situaciones de peligro de ruina.Del mismo modo, en los artículos sobre obligaciones e infracciones, debieran figurar explícitamente las actuaciones agresivas en los entornos de BIC o en conjuntos históricos o etnológicos, especialmente considerando los casos del cableado aéreo y otras infraestructuras, que se trazan sin las previsiones adecuadas.Por último, las medidas de fomento y las ayudas económicas debieran ser algo más explícitas en sus contenidos y finalidades, así como modificarse su sistema de concesión, inviritiendo el orden de las inversiones económicas para que el interesado pueda saber previamente si se le va a conceder la ayuda y en qué cuantía.