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Legislar en favor de un colectivo es discriminar al resto de personas. La igualdad es de todas las personas y no de colectivos específicos

Anónimo#175604 Anónimo#175604  •  30/09/2019  •  Sin comentarios

Código de la propuesta: CYL-2019-09-5874

De acuerdo con la Constitución Española (Artículo 10 y siguientes) sobre los derechos y las libertades fundamentales de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos, la dignidad de la persona, la igualdad de todas las personas ante la ley sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, son derechos inherentes a todos los españoles y no a unos colectivos específicos. En este sentido, legislar en favor de este colectivo supone una discriminación de los otros colectivos o resto de personas.Las leyes de LGTB traen como consecuencia el adoctrinamiento de nuestros hijos en el colegio en ideología de género, lo que atenta contra el derecho de los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones, de acuerdo con el artículos 27 de la CE.Las leyes de LGB son despreciativas de la familia natural y favorecer las ‘familias’ diversas lo que también podría estar en contra de la obligación de los poderes públicos que deben asegurar la protección social, económica y jurídica de la familia y de la infancia (Artículo 39 de la CE).