Código de la propuesta: CYL-2019-05-5397
Por qué no se contempla que los concursantes con alguna discapacidad puedan instar en su solicitud la adaptación del puesto o puestos de trabajo solicitados que no supongan una modificación exorbitante en el contexto de la organización como sucede en el CAP?
El objeto del presente proyecto se limita a incluir el grado personal entre los méritos objeto de baremación en los procesos de provisión de puestos de trabajo de carácter sanitario. Esta exigencia deriva del artículo 48.2.a de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León. La revisión del resto del procedimiento de provisión excede de su contenido.