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(2019/03) Procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se determina el contenido de la prestación pública de teleasistencia en Castilla y León. (Cerrado)

En qué consiste

Consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de la normas. De conformidad con lo previsto en el artículo 75. 2 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de los proyectos o anteproyectos de ley o de reglamento , se sustanciará una consulta pública para recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma, se propone la consulta previa en el procedimiento para la elaboración de una Orden por la que se determina el contenido de la prestación pública de teleasistencia en Castilla y León. Por tanto, la Consejeria de Familia e Igualdad de Oportunidades considera la oportunidad de elaborar una disposición para determinar el contenido de la prestación pública de teleasistencia, atendiendo a lo siguiente: a) Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa. Establecer contenido de los servicios y modalidades de la prestación pública de teleasistencia tanto en su modalidad básica como avanzada. b) Necesidad y oportunidad de su aprobación. Su aprobación deriva del desarrollo del Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y Atención a la Dependencia de 19 de octubre de 2017 (BOE 15 de febrero de 2018), así como en cumplimiento de los acuerdos concluidos en el seno del Diálogo Social, buscándose con ello la homogeneidad en el contenido de la prestación pública de teleasistencia en Castilla y León. c) Objetivos de la norma. Regular el contenido de los distintos servicios y modalidades de la prestación pública de teleasistencia. d) Posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias. Se considera que la disposición a desarrollar es la más adecuada respecto al ámbito que se pretende ordenar.

Documento Teleasistencia.

Fecha de publicación 5 de marzo de 2019.

El plazo para realizar aportaciones a esta consulta previa finalizó a las 14:00 horas del 15 de marzo de 2019

¿Qué opina sobre estos cuatro aspectos?