Código de la propuesta: CYL-2019-02-5274
Los cuerpos C1 y C2 se deberían fusionar en uno solo. La mayoría, por no decir todos los auxiliares administrativos, tienen o desempeñan funciones administrativas. No hay distinción entre las funciones de un cuerpo y otro en la práctica. Incluso las responsabilidades pueden ser mayores en auxs. administrativos que en administrativos.Las funciones que tradicionalmente se aplicaban a puestos de auxs. administrativos, como transcribir o pasar a ordenador oficios ya no existen. Los Auxs. administrativos hacen directamente los oficios de trámites corrientes.Y desde luego la titulación con la que cuentan no suele ser solamente el graduado escolar.
Se agradece su sugerencia si bien excede de la regulación del catálogo de puestos tipo.