Código de la propuesta: CYL-2019-02-5266
Desde el Colegio de Ingenieros Agrónomos de Castilla y León entendemos que las jefaturas de sección no pueden nunca ser indistintamente adscritas a los grupos A1 y A2 sino que dependerá del contenido de las mismas la adscripción a uno de ellos. No hacerlo así supondría contravenir la legislación en vigor (nacional y comunitaria) al identificar dos tipos de titulaciones académicas (grado y master) con atribuciones distintas.Asimismo manifestamos que estas plazas deben cubrirse a través de concursos específicos ya que las particularidades de cada una de ellas requiere unos méritos también específicos y ajustados a su contenido.
El puesto tipo CA054 se ha configurado a partir de la agrupación de puestos de trabajo preexistentes con las mismas características y la forma de provisión de la mayoría de dichos puestos de trabajo.