Código de la propuesta: CYL-2019-02-5258
No tiene sentido dejar abierta la puerta a impartir esta titulación en lenguas cooficiales de otras CCAA. Por falta de reciprocidad y porque se impediría el libre acceso de estudiantes y profesores de Castilla y León.
Le agradecemos su participación en la consulta.Indicar que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone en el artículo 2 que el sistema educativo español se orientará a la consecución de fines, entre otros, el de la formación en el respeto y reconocimiento de la pluralidad lingüística y cultural de España y de la interculturalidad como un elemento enriquecedor de la sociedad. Por otra parte, el artículo 120 de la citada Ley establece que los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión en el marco de la legislación vigente y en los términos recogidos en la presente Ley y en las normas que la desarrollen. Asimismo, dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un proyecto educativo y un proyecto de gestión, así como las normas de organización y funcionamiento del centro.