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Regulación del números de centros que puede atender los orientadores de los EOEP

Anónimo#138611 Anónimo#138611  •  01/12/2018  •  Sin comentarios

Código de la propuesta: CYL-2018-12-5071

Se atiende a varios centros pequeños (hasta 5 durante el mes), llegándose a intervenir con varios alumnos simultaneamente, por lo que el orientador no puede contar con tiempo suficiente para atender con garantías a dichos centros y desarrollar todas sus funciones con garantías y eficiencia.